El precio social lo podemos calcular como un caso especial de la Fórmula 11,
El valor social de la producción de este bien, generado por el proyecto, será superior al privado por el área AEBF (los productores privados recibirán el área EFQ0Q1, equivalente a la cantidad a vender, X, por el precio final de oferta, ps1). Este agregado al valor privado puede escomponerse en dos partes: el área ABC, que representa el excedente del consumidor, y el área CEBF, que muestra el aumento de la recaudación del gobierno.
La diferencia con el caso sin distorsiones está dada en que, en aquél, el valor social difería del valor privado sólo en el excedente del consumidor. En el caso con distorsiones, al estar el bien gravado con un impuesto, hay una parte del nuevo valor generado que, sin ser excedente del consumidor sino del productor, no es sin embargo captada por los productores privados, sino por el Estado. De todas maneras, como lo relevante para la sociedad es la riqueza generada y no quién la recibe, la mayor recaudación debe ser considerada dentro del valor social.
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