miércoles, enero 20

El estudio del impacto ambiental Parte 5 - Declaración de Impacto Ambiental (DIA)

Junto con lo anterior, deberá considerarse una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la cual es un documento descriptivo de una actividad o proyecto que pretende realizarse, o de las modificaciones que se introducirán, otorgado bajo juramento por el respectivo titular, cuyo contenido permita al organismo competente evaluar si su impacto ambiental se ajusta a las normas ambientales vigentes. Para implementar un proyecto, deberá contarse con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), documento que contiene disposiciones de los organismos gubernamentales de control ambiental. Los objetivos del EIA consisten en definir mecanismos y responsabilidades que aseguren las siguientes acciones: a) La identificación preventiva de los peligros, la evaluación de los riesgos, las medidas de control y la verificación del cumplimiento oportuno de todas las situaciones susceptibles de provocar daño a las personas, al medio ambiente, a la comunidad del entorno y a los bienes físicos durante todo el ciclo de vida de los proyectos. b) La identificación, aplicación y verificación del cumplimiento del marco regulatorio aplicable, obligatorio y voluntario, interno y externo según los distintos países en los que se produce o exporta. Por ejemplo, al exportar salmones de Chile a Europa se requiere cumplir con las normas ambientales tanto de Chile (interno) como de Europa (externo). En este sentido, los Tratados de Libre Comercio (TLC) han generado condiciones de reciprocidad en cuanto al cumplimiento de normas medioambientales mutuamente exigibles. c) La protección de las personas, del medio ambiente, de la comunidad del entorno y de los bienes físicos durante el desarrollo de los proyectos, su construcción, montaje, puesta en marcha y operación.

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