domingo, noviembre 25

Formas de organización legal de las empresas - III

Los aspectos tributarios o impositivos instituidos por la legislación para cada una de las formas de organización empresarial tienen que ser estudiados detenida- mente por el preparador y evaluador de proyectos, para incorporar el resultado de su análisis en los flujos de proyectos.2 
Las ganancias de una propiedad individual están gravadas tributariamente como ingreso personal del propietario. Una sociedad de personas (por ejemplo, una compañía de responsabilidad limitada) puede estar inicialmente gravada como persona jurídica y posteriormente quedar el ingreso personal de los propietarios o socios afectado por los impuestos a la renta y global complementario o adicional, según sea el caso, como consecuen- cia de las utilidades de la persona jurídica. 
Por su parte, estas rentas pueden incrementarse con otros ingresos que posean las personas socias de la empresa, lo que las afectaría adicionalmente en sus tributos. En caso de que la política tributaria del país tenga incorporados tramos de pagos de tributos de acuerdo con los ingresos de las personas, éstos crecerán más que proporcionalmente, a medida que se incrementan las utilidades susceptibles de ser incorporadas en las rentas personales de los socios. Naturalmente, no todas las legislaciones tributarias son iguales. 
El régimen impositivo, en efecto, depende del desarrollo económico, de las concepciones políticas imperantes y otros factores. Por ende, varía de país en país y dentro de cada uno de ellos va sufriendo, además, modificaciones con el transcurso del tiempo. 
Lo importante para el preparador y evaluador de proyectos será conocer cómo afectan los tributos vigentes en el momento de la evaluación del proyecto y los que inminentemente -según su conocimiento fidedigno- vayan a imponerse próximamente e incorporar en sus fliyos los efectos tributarios que lo afectan.

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